CONDICIONES DE SERVICIO DE CARGO EXPRESO

01.- Los bienes descritos en la presente son aceptados por Cargo Expreso en aparente buen estado, (excepto aclaración que se haga notar). Al consignar el envío el remitente acepta los términos y condiciones estipuladas en las más recientes condiciones normales de comercialización de Cargo Expreso, cada uno de los cuales se considera incorporado a y como una condición de cualquier acuerdo escrito entre Cargo Expreso y el remitente. Ningún Agente, empleado o representante de Cargo Expreso esta autorizado a alterar, modificar o descartar ninguna de las cláusulas de estas condiciones o de las mencionadas condiciones de trabajo. La invalidez de cualquier cláusula del presente contrato no afectará ninguna otra parte del mismo.

02.- Cargo Expreso solo transportará bienes que sean propiedad del remitente y este afirma estar autorizado a aceptar estas condiciones, no solo por sí mismo sino también como agente o por cuenta de otra persona que pueda, posteriormente, tener interés en los bienes. El remitente indemnizará a Cargo Expreso contra cualquier daño o gasto resultante de cualquier violación a esta garantía.

03.- Cargo Expreso no será responsable de ninguna perdida, daño, entrega errónea o falta de entrega que no sea causada por su propia negligencia, ni por ninguna perdida, daño, entrega errónea o falta de entrega, causada por: a.- Acto, falta u omisión del remitente, del destinatario o de alguna otra parte que alegue interés en el envío.
b.- La naturaleza del envío o por cualquier defecto, característica o vicio inherente al mismo.
c.- Caso fortuito o fuerza mayor.
d.- Acto u omisión de cualquier transportador u otras entidades o personas a las que Cargo Expreso consigne el envío para ser transportado, ya sea que el remitente lo haya o no solicitado, o que tuviere o no conocimiento de un arreglo de esta índole para entregar por parte de un tercero.
e.- Daños no inherentes al envío cualquier otra pérdida que surgiere por cualquier motivo, ya sea que Cargo Expreso haya tenido o no conocimiento que dichos daños podrían ocurrir, incluyendo, aunque no limitado a: perdida de ganancias, ingresos, intereses, utilidad, valor de mercado.

04.- Aunque Cargo Expreso tratará de empeñar sus mejores esfuerzos para brindar una entrega expeditiva de acuerdo con programas regulares de entrega, Cargo Expreso no será responsable bajo ninguna circunstancia por daños causados por demora en la recolección, transporte o entrega de ningún envío, sin importar cual fuere la causa de la demora.

05.- Debido a la naturaleza del servicio, la cobertura del Seguro de Cargo Expreso por cada envío se limita al monto total de la perdida o US$ 100.00 (Cien dólares), el que sea menor. A petición del remitente, al momento de entregar su envío al personero de Cargo Expreso y contra el pago de los gastos adicionales que implique, se contratará en seguro por cuenta del remitente por un monto adicional de hasta US$ 3,000.00 (Tres mil dólares). La cobertura del seguro se regirá por términos y condiciones contenidas en la póliza del seguro emitida por el asegurador y Cargo Expreso en ningún caso será responsable por dicha cobertura. Los daños emergentes y pérdidas o daños resultantes por demoras en el transporte no son cubiertos por ninguna póliza de seguro de esta índole. Cualquier deducible o gasto adicional que ocasione el reembolso de cualquier pérdida será pagado por el beneficiario del seguro.

06.- La omisión de entrega o cualquier otro reclamo debe ser informado por escrito a Cargo Expreso en sus Oficinas Centrales en un tiempo no mayor de treinta días calendario, contados a partir de la fecha de emisión de la Guía. Sin prejuicio de todo lo que antecede, no se considerará reclamo por daño, falta o por omisión de entrega hasta que todos los gastos de transporte hayan sido pagados.

07.- Excepto que se indique específicamente en este contrato, la entrega de los bienes se hará solamente en la dirección estipulada en esta Guía, en el recuadro del destinatario.

08.- Cargo Expreso no acepta por ningún motivo, envíos cuyos contenidos sean: a.- Materiales peligrosos, combustibles o explosivos.
b.- Metales, piedras preciosas, títulos negociables, instrumentos negociables, moneda, estampillas postales o fiscales no canceladas, cheques de caja o gerencia, antigüedades.
c.- Animales, plantas o productos perecederos.
d.- Productos o artículos restringidos por la Ley.
A pesar de lo anterior, Cargo Expreso podrá recibir, con o sin conocimiento previo, cualquiera de los artículos descritos anteriormente, sin asumir ninguna responsabilidad por la pérdida, deterioro u otro defecto que pueda resultar como consecuencia de su transportación y manejo.

09.- Cargo Expreso no asume obligación alguna para despachar los bienes por ningún transporte específico o por rutas específicas o por hacer conexión en ningún punto específico según un programa determinado y Cargo Expreso queda autorizado por la presente a elegir o desviarse de las rutas de embarque establecidas de acuerdo a su conveniencia, aún que las mismas se indicaran al frente de la presente.

10.- El remitente afirma que el envío esta embalado y sellado para proteger su contenido y para garantizar su transporte mediante métodos comunes de manipuleo y que cada paquete esta correctamente etiquetado y esta en condiciones adecuadas para su transporte.

11.- Cargo Expreso asume que el remitente esta enviando la mercadería que el ha declarado en la Guía. Si existiera alguna duda sobre el contenido de un envío, Cargo Expreso se reserva el derecho de no transportarlo o de verificarlo previo a su transportación.

12.- Cargo Expreso no se responsabiliza por envíos entregados por el remitente a personas ajenas que en forma mal intencionada utilicen su nombre, ya que para ello sus empleados se identifican con su respectivo carné.

13.- Cargo Expreso no posee Bodegas de Almacenamiento, y por tanto, cualquier envío que permanezca mas de setenta y dos horas en sus bodegas por negligencia del destinatario, del remitente o de cualquier otra parte que alegue interés en el envío, estará sujeto a cobro adicional por el espacio y tiempo extra que dichos envíos ocupen en nuestras Bodegas. Si un envío estuviera más de sesenta días en nuestras bodegas sin ser reclamado, Cargo Expreso podrá disponer de la mercadería en la forma que más le convenga.

14.- Toda la papelería que compruebe el servicio prestado estará disponible para cualquier información que solicite el contratante durante un periodo de tres meses contados a partir de la fecha de emisión de la Guía. Cargo Expreso no aceptará ningún reclamo después de terminado dicho plazo.

15.- El remitente responderá por lo vicios ocultos no declarados y los gastos que se ocasionen a consecuencia de los mismos, tal y como lo estipulan las leyes civiles y mercantiles de los países donde se presta el servicio.

16.- Cargo Expreso no es transportador común y solo transportará bienes sujetos a estas condiciones.

17.- El remitente acepta que en caso de surgir cualquier conflicto judicial con ocasión de la interpretación de este contrato, renuncia al fuero de su domicilio y se somete a la jurisdicción de la Sede Central donde estén ubicadas las oficinas del país en que se preste el servicio.